Compras y Contrataciones

 

Preguntas Frecuentes


¿Debo presentar muestras de los artículos ofrecidos?

Si el pliego de bases y condiciones particulares lo requiere, deben presentarse las muestras de los artículos ofrecidos.

Las muestras solicitadas se presentarán en el día, lugar y forma indicados en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, de este acto se dará recibo.

El Recibo de la muestra extendido por el organismo receptor debe presentarse dentro del sobre para acreditar su entrega en tiempo y forma.

La presentación de las muestras también podrá también ser requerida por la Comisión de Preadjudicación, si lo considera necesario para el correcto análisis de las ofertas, en cuyo caso el pedido se realizará en la etapa de análisis de las propuestas.

 

Luego de finalizada la licitación, las muestras serán devueltas a solicitud del interesado dentro de los siguientes plazos:

a)- Para quien resulte adjudicatario, dentro de los 30 días desde la recepción de conformidad y en su totalidad de los objetos contratados.

b)- Para quien no resulte adjudicatario, dentro de los 30 días desde la adjudicación de la licitación.

En caso de no ser reclamadas en dicho plazo, las muestras pasarán a ser patrimonio del Estado.

Los propietarios de las muestras no tendrán derecho a reclamo por el deterioro sufrido en las mismas por análisis, evaporación por el mero transcurso del tiempo o por las que no se reintegraron por haber sido destruidas o inutilizadas total o parcialmente, si ello hubiese sido necesario para la mejor calificación del artículo licitado.

 


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